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Empadronarse (alta en el padrón o cambio de domicilio) en Vic

Barcelona · Cataluña

Adónde ir

Ajuntament de Vic (Servicio de Atención Ciudadana)

Solo en persona: no se puede hacer por internet. Si ya has estado empadronado en Vic, o para empadronar a un bebé, ve a una de las dos oficinas de atención ciudadana (mejor con hora previa). Si te empadronas en Vic por primera vez, ve a la Oficina Municipal de Acogida, pidiendo hora antes por correo electrónico (oficinaacollida@vic.cat). Lo pueden pedir las personas mayores de 18 años y las de 16 o 17 emancipadas que vivan en Vic. Plazo de resolución: 30 días hábiles.

Cita previa recomendable. Teléfono: 93 886 21 00. En las oficinas de atención ciudadana recomiendan pedir hora, pero también atienden sin ella. La Oficina Municipal de Acogida da hora por correo electrónico (oficinaacollida@vic.cat) o en el 93 702 72 82.

Pedir cita en la web oficial

Oficinas

Lleva el documento de identidad. De la vivienda, según el caso: la escritura de propiedad; el contrato de alquiler con el recibo del último mes (o el justificante del pago); o la autorización de la persona propietaria o arrendataria (modelo municipal). Hay modelos propios para empadronarse en viviendas colectivas y para autorizar la cesión de los datos del padrón. Menores: libro de familia o certificado de nacimiento; si los progenitores están separados o divorciados, la sentencia o la declaración responsable del progenitor, y si es el caso la autorización del otro progenitor (modelo municipal). Los volantes y certificados de empadronamiento sí se pueden pedir por internet en la sede electrónica.

Las fuentes oficiales no coinciden: La ficha del padrón da también horario de tarde (lunes a jueves, de 16 a 18 h) en la OAC de la plaza Mayor; la página de la OAC dice que por la tarde solo abre la de la biblioteca Pilarin Bayés. Publicamos lo que dice la ficha oficial más concreta; confírmalo antes de ir.

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende del ayuntamiento. De los siete consultados, Madrid, Barcelona, Sevilla, Palma y Pamplona lo permiten por su sede electrónica; Bilbao e Inca, solo en persona.

Necesitas: Identificación electrónica (certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve, según el ayuntamiento) y los documentos escaneados o firmados electrónicamente.

Qué llevar

Cuánto cuesta
Gratuito en los siete ayuntamientos consultados (lo dicen expresamente Barcelona, Sevilla y Pamplona).
Cuánto tarda
Plazo máximo de resolución: tres meses desde la solicitud (art. 21.3 de la Ley 39/2015, citado por Madrid y Bilbao). En persona y con los documentos completos, varios ayuntamientos lo resuelven en el acto; por internet Barcelona indica unos 7 días naturales.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Puedo empadronarme sin contrato a mi nombre?

Sí, con la autorización del propietario o del titular del alquiler y la copia de su documento de identidad. Si no tiene ningún documento, el ayuntamiento puede comprobar que vive allí por otros medios (por ejemplo, un informe de la Policía Local o de los servicios sociales).

¿Y si no tengo domicilio fijo?

Debe empadronarse igualmente. Los ayuntamientos usan la dirección de un centro de servicios sociales u otra que permita hacerle llegar una notificación, normalmente tras un informe de los servicios sociales.

¿Empadronarme me da derechos sobre la vivienda?

No. El padrón solo deja constancia de dónde vive; no decide sobre la propiedad ni sobre el alquiler.

¿El cambio en el padrón cambia mi domicilio en Hacienda o la DGT?

No necesariamente. Palma advierte de que el cambio en el padrón no actualiza el domicilio fiscal ni los datos de otros organismos.

Fuentes oficiales

Comprobado el 3 de noviembre de 2026

Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.

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