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Empadronarse (alta en el padrón o cambio de domicilio) en Torre-Pacheco

Murcia · Región de Murcia

Adónde ir

Ayuntamiento de Torre-Pacheco (Oficina de Empadronamiento)

En persona, con cita previa (citaprevia.torrepacheco.es), en la Oficina de Empadronamiento del ayuntamiento. Por internet, el alta y el cambio de domicilio se hacen en la sede electrónica con firma digital, adjuntando todos los documentos. Llevas la hoja padronal rellena y firmada por todas las personas mayores de edad. El plazo para resolver es de tres meses.

Con cita previa. La oficina atiende con cita previa.

Pedir cita en la web oficial

Oficinas

Identidad: DNI en vigor (de 14 a 18 años, además el libro de familia o el certificado literal de nacimiento; menores de 14, solo esto último). De la UE o del EEE: certificado de registro de ciudadano de la Unión (con el NIE) y pasaporte o documento de tu país; con menos de 3 meses en España, basta el pasaporte o el documento. De otros países: tarjeta de identidad de extranjero en vigor o, si no la tienes, el pasaporte. Vivienda propia: escritura con la dirección o la referencia catastral, el recibo del IBI si la vivienda tiene más de 5 años, el contrato privado de compraventa con copia del DNI de las dos partes o la sentencia de uso de la vivienda. Alquiler: contrato en vigor firmado por las dos partes con la dirección exacta, los 2 últimos recibos del alquiler, el documento de prórroga si hace falta, el último recibo del IBI (o la escritura o nota simple si la vivienda se compró este año), copia del DNI del arrendador y un recibo de luz o de agua. Vivienda cedida sin pagar: autorización y declaración jurada de cesión firmada por las dos partes (modelo en la web), DNI de la persona propietaria y el último recibo del IBI. Menores con un solo progenitor: autorización del otro con copia de su DNI, o la sentencia firme de guarda y custodia con el anexo II, o, sin resolución judicial, el anexo I. Los volantes y certificados individuales se descargan en la sede con firma digital; los demás, en la oficina con cita. El de convivencia pide una autorización firmada por todas las personas mayores de edad empadronadas en el domicilio.

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende del ayuntamiento. De los siete consultados, Madrid, Barcelona, Sevilla, Palma y Pamplona lo permiten por su sede electrónica; Bilbao e Inca, solo en persona.

Necesitas: Identificación electrónica (certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve, según el ayuntamiento) y los documentos escaneados o firmados electrónicamente.

Qué llevar

Cuánto cuesta
Gratuito en los siete ayuntamientos consultados (lo dicen expresamente Barcelona, Sevilla y Pamplona).
Cuánto tarda
Plazo máximo de resolución: tres meses desde la solicitud (art. 21.3 de la Ley 39/2015, citado por Madrid y Bilbao). En persona y con los documentos completos, varios ayuntamientos lo resuelven en el acto; por internet Barcelona indica unos 7 días naturales.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Puedo empadronarme sin contrato a mi nombre?

Sí, con la autorización del propietario o del titular del alquiler y la copia de su documento de identidad. Si no tiene ningún documento, el ayuntamiento puede comprobar que vive allí por otros medios (por ejemplo, un informe de la Policía Local o de los servicios sociales).

¿Y si no tengo domicilio fijo?

Debe empadronarse igualmente. Los ayuntamientos usan la dirección de un centro de servicios sociales u otra que permita hacerle llegar una notificación, normalmente tras un informe de los servicios sociales.

¿Empadronarme me da derechos sobre la vivienda?

No. El padrón solo deja constancia de dónde vive; no decide sobre la propiedad ni sobre el alquiler.

¿El cambio en el padrón cambia mi domicilio en Hacienda o la DGT?

No necesariamente. Palma advierte de que el cambio en el padrón no actualiza el domicilio fiscal ni los datos de otros organismos.

Fuentes oficiales

Comprobado el 3 de noviembre de 2026

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