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Empadronarse (alta en el padrón o cambio de domicilio) en Montcada i Reixac

Barcelona · Cataluña

Adónde ir

Ajuntament de Montcada i Reixac (Oficina d'Atenció Ciutadana, OAC)

En persona en la OAC, con cita previa. Llevas los documentos originales y vigentes, y todas las personas mayores de 18 años firman la hoja de empadronamiento. Es gratis.

Con cita previa. Teléfono: 93 572 64 74. El alta en el padrón se hace con cita previa (servicio «Tràmit general»). Sin cita solo se atienden, entre otros, los volantes de empadronamiento o de convivencia, el registro de instancias y el idCAT.

Pedir cita en la web oficial

Oficinas

Identidad: mayores de 14 años, DNI original; menores de 14 sin DNI, libro de familia o certificado de nacimiento; personas de la UE, certificado de registro (NIE) con el documento de identidad de su país o el pasaporte; resto, tarjeta de residencia o pasaporte. Vivienda, por este orden: escritura de propiedad (o último recibo del IBI), escritura de división horizontal o contrato de alquiler con el último recibo pagado. Si no eres titular, autorización de quien lo sea, en persona o firmada con su DNI original (solo pueden autorizar personas de nacionalidad española); si quien autoriza es inquilino y no es familiar directo (pareja, padres o hijos), también la autorización de la persona propietaria con copia de su DNI. Menores: si un progenitor no se empadrona con ellos o la custodia no es compartida, su autorización con su DNI; con separación o divorcio, siempre la resolución judicial.

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende del ayuntamiento. De los siete consultados, Madrid, Barcelona, Sevilla, Palma y Pamplona lo permiten por su sede electrónica; Bilbao e Inca, solo en persona.

Necesitas: Identificación electrónica (certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve, según el ayuntamiento) y los documentos escaneados o firmados electrónicamente.

Qué llevar

Cuánto cuesta
Gratuito en los siete ayuntamientos consultados (lo dicen expresamente Barcelona, Sevilla y Pamplona).
Cuánto tarda
Plazo máximo de resolución: tres meses desde la solicitud (art. 21.3 de la Ley 39/2015, citado por Madrid y Bilbao). En persona y con los documentos completos, varios ayuntamientos lo resuelven en el acto; por internet Barcelona indica unos 7 días naturales.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Puedo empadronarme sin contrato a mi nombre?

Sí, con la autorización del propietario o del titular del alquiler y la copia de su documento de identidad. Si no tiene ningún documento, el ayuntamiento puede comprobar que vive allí por otros medios (por ejemplo, un informe de la Policía Local o de los servicios sociales).

¿Y si no tengo domicilio fijo?

Debe empadronarse igualmente. Los ayuntamientos usan la dirección de un centro de servicios sociales u otra que permita hacerle llegar una notificación, normalmente tras un informe de los servicios sociales.

¿Empadronarme me da derechos sobre la vivienda?

No. El padrón solo deja constancia de dónde vive; no decide sobre la propiedad ni sobre el alquiler.

¿El cambio en el padrón cambia mi domicilio en Hacienda o la DGT?

No necesariamente. Palma advierte de que el cambio en el padrón no actualiza el domicilio fiscal ni los datos de otros organismos.

Fuentes oficiales

Comprobado el 3 de noviembre de 2026

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