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Ayudas por nacimiento o adopción de tu comunidad (cheque bebé) en Gijón

Asturias

Adónde ir

Principado de Asturias (Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, Dirección General de Reto Demográfico)

Ayudas por nacimiento o adopción (ficha AYUD0408T01), por la sede miPrincipado o en un registro. La convocatoria de 2026 cubre los nacimientos y adopciones del 1 de octubre de 2025 al 30 de septiembre de 2026, y se pide en los 2 meses siguientes al nacimiento o la adopción.

Cita previa recomendable. Se presenta por la sede con certificado o Cl@ve, o en un registro.

Pedir cita en la web oficial

Cuantía 2026: 1.200 € por el primer hijo y 1.700 € por el segundo y siguientes; 2.200 € por hijo en los concejos en riesgo de despoblamiento. Partos múltiples: 2.900 € (gemelos) y 4.600 € (trillizos), más si hay hermanos o en concejos rurales. Requisitos: 12 meses seguidos de empadronamiento en Asturias antes de la convocatoria, el bebé empadronado contigo y unos ingresos de los progenitores de 45.000 € o menos.

¿Se puede hacer por internet?

Sí, por internet

Las comunidades que tienen esta ayuda la tramitan por su sede electrónica (o en un registro). El enlace está en la regla de tu comunidad.

Necesitas: Según la comunidad: certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve (en Cataluña, también idCAT Mòbil; en Galicia, Chave365).

Ir a la sede oficial

Qué llevar

Cuánto cuesta
Gratuito.
Cuánto tarda
Depende de la comunidad: suele haber que pedirla en los 2 o 3 meses siguientes al nacimiento o la adopción, o dentro del plazo de cada convocatoria anual. Si se pasa el plazo, puedes perderla o cobrar menos.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Hay un cheque bebé del Estado?

No en general. La Seguridad Social da un pago único de 1.000 € por nacimiento o adopción a familias numerosas, monoparentales o con una madre o un padre con discapacidad del 65 % o más (con límite de ingresos), y otro por parto o adopción múltiple. El resto de ayudas son de las comunidades y los ayuntamientos.

¿Sirve para adopciones y acogimientos?

En casi todas, sí para la adopción y la guarda con fines de adopción; el acogimiento depende de la comunidad (Galicia incluye el acogimiento permanente, Cataluña la tutela y el acogimiento).

Me he mudado de comunidad, ¿cuál me toca?

La de la comunidad donde estés empadronado, si cumples el tiempo mínimo de empadronamiento que pide (en algunas, ninguno; en otras, de 1 a 5 años).

¿Puedo pedirla antes de que nazca?

En Galicia y Madrid, sí, desde la semana 21 de embarazo. En las demás, después del nacimiento o la adopción.

Fuentes oficiales

Comprobado el 7 de noviembre de 2026

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