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Pedir la licencia de primera ocupación en Murcia

Murcia · Región de Murcia

Adónde ir

Ayuntamiento de Murcia (Servicio Administrativo de Disciplina Urbanística)

En Murcia la primera ocupación de un edificio nuevo es una declaración responsable (procedimiento 262), no una licencia. Pagas antes la tasa en la Oficina Virtual Tributaria de la AMT y presentas la declaración con el justificante en la sede electrónica con certificado, en la oficina del Servicio de Disciplina Urbanística (Avenida Abenarabi, 1 A) o en las Oficinas municipales de Información y Registro.

Cita previa recomendable. Teléfono: 010 (968 229 549 desde fuera del municipio). Cita previa preferente, por internet o por teléfono, para el Registro, Información y Urbanismo. Correo de CINATUR: urbanismo@ayto-murcia.es.

Pedir cita en la web oficial

Oficinas

Documentos (viviendas plurifamiliares o unifamiliares que no sean de autopromoción): certificado final de obras; copia de la licencia de obras y sus modificaciones; copia de la tira de cuerdas; plano de situación a escala 1:2.000; certificado de incendios o, con más de dos viviendas, certificado de la Jefatura Provincial de Telecomunicaciones; conformidad de la Comunidad Autónoma sobre los registros de calidad y ficha de la instalación solar térmica. En todos los casos: alta catastral, informe de EMUASA (agua), certificado de Iberdrola, la carta de pago de la tasa y el anexo de la declaración. Para la vivienda unifamiliar de autopromoción se pide además el libro del edificio. Tasa de 2026 (ordenanza 1.3, art. 7, cuota variable 1): el 4 % del ICIO que pagaste por la licencia de obras (y sus modificaciones); en la plataforma de pago eliges «Urbanismo», «Declaración responsable» y «Primera ocupación», y sumas al ICIO lo que pagaste de ICT.

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende del ayuntamiento: casi todos admiten la solicitud, la declaración responsable o la comunicación por su sede electrónica, con los certificados escaneados; también se puede presentar en el registro municipal. Las empresas promotoras y los profesionales colegiados que actúen como tales están obligados a hacerlo por internet (art. 14.2 de la Ley 39/2015).

Necesitas: Certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve (o el sistema de identificación del ayuntamiento).

Qué llevar

Cuánto cuesta
La tasa municipal por licencia o por el control de la declaración responsable o comunicación (art. 20.4.h del TRLRHL), según la ordenanza fiscal de cada ayuntamiento: unas cobran un fijo, otras un porcentaje de la tasa de obras o del coste, y algunas no cobran nada. Con el coste final, el ayuntamiento ajusta el ICIO que pagaste al empezar (art. 103.1 del TRLRHL).
Cuánto tarda
Con declaración responsable o comunicación previa, puedes ocupar el edificio desde que la presentas completa, aunque en algunas comunidades hay que esperar un plazo (en Canarias, presentarla al menos un mes antes). Con licencia, hay que esperar a la resolución: un mes en Palma y hasta tres meses en Bilbao.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Cuándo hace falta?

Al terminar un edificio de nueva planta, una ampliación, una rehabilitación integral o un cambio de uso (por ejemplo, de local a vivienda), y en general cuando la obra se hizo con licencia de obra mayor. Cada ayuntamiento concreta los casos en su ordenanza.

¿Es una licencia o una declaración responsable?

Depende de la comunidad: en Madrid, Andalucía, Aragón, la Comunitat Valenciana y la Región de Murcia es una declaración responsable; en Cataluña y Canarias, una comunicación previa; en las Illes Balears y el País Vasco sigue siendo una licencia. Mira la regla de tu comunidad o de tu ciudad.

¿Es lo mismo que la cédula de habitabilidad?

No. La primera ocupación la da (o la recibe) el ayuntamiento y acredita que la obra se ajusta a lo autorizado. La cédula de habitabilidad, donde existe (Cataluña, Illes Balears y otras), la expide la comunidad o el consell insular y acredita las condiciones mínimas de la vivienda; en obra nueva a veces hacen falta las dos.

¿Quién la pide si la casa la he hecho yo?

Tú, como promotor o promotora de la obra, con el certificado final de obra de tu técnico. Algunos ayuntamientos tienen un trámite propio para la vivienda unifamiliar de autopromoción (Murcia, por ejemplo).

Fuentes oficiales

Comprobado el 6 de noviembre de 2026

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