Pedir una fe de vida (y estado) en Terrassa
Barcelona · Cataluña

Adónde ir
Generalitat de Catalunya – Registros Civiles
En persona, en cualquier oficina del Registro Civil de Cataluña, con tu documento de identidad. Pide día y hora en la Seu judicial electrònica de Catalunya.
Con cita previa. Pide día y hora en la oficina del Registro Civil más cercana.
Pedir cita en la web oficialSi no puedes ir en persona, puede pedirla otra persona con su DNI, NIE o pasaporte, el original y una copia de tu documento de identidad y un certificado médico de 15 días como máximo que acredite que sigues con vida pero no puedes desplazarte. No se expide una fe de estado de «casado»: para probar el matrimonio basta el certificado de matrimonio.
Parte de esta respuesta está pendiente de confirmar con la fuente oficial. Compruébala antes de ir.
¿Se puede hacer por internet?
No: hay que ir en persona
El certificado de fe de vida del Registro Civil no se pide por internet: hay que ir en persona, porque lo que se comprueba es precisamente que estás vivo. Si cobras una pensión de la Seguridad Social española y vives fuera de España, sí puedes acreditar la vivencia desde el móvil con la app gratuita VIVESS, con reconocimiento facial.
Necesitas: Para VIVESS: registrarte una vez con Cl@ve, con tu DNI o NIE o con el número de expediente de la pensión (viene en la carta de revalorización anual), enseñar tu documento de identidad y mirar a la cámara.
Ir a la sede oficialQué llevar
- Tu DNI, NIE o pasaporte en vigor. Tienes que ir tú en persona.
- Para la fe de vida y estado, algunos registros piden además el Libro de Familia (por ejemplo, los de la Comunitat Valenciana).
- Si no puedes desplazarte por enfermedad: puede ir otra persona con su documento, el tuyo y un certificado médico reciente (de menos de 15 días en los Registros Civiles de Pontevedra, de la Comunitat Valenciana y del País Vasco).
- Si es para un organismo extranjero: el impreso o el requerimiento que te han enviado.
- Cuánto cuesta
- Gratuito. Los certificados del Registro Civil no pagan tasa (lo indica el Gobierno Vasco) y la fe de vida consular también es gratis (lo indica el Consulado General de España en Porto Alegre).
- Cuánto tarda
- Al momento, en la ventanilla del Registro Civil. Si la pides en un juzgado de paz, puede tardar unos días, hasta que la firme el encargado (lo avisa el Gobierno Vasco).
Conviene saber
- Antes de ir al Registro Civil, pregunta si de verdad te la piden. Según el Ministerio de Justicia, la fe de vida es un medio «subsidiario»: ante cualquier organismo oficial, la vida se prueba presentándote en persona y el estado civil con tu propia declaración, y no te pueden exigir otra cosa.
- Para demostrar que estás casado no hay fe de casado: se usa el certificado de matrimonio, que se pide gratis por internet en la sede del Ministerio de Justicia.
- También vale un acta notarial de presencia (la vida) o de notoriedad (el estado civil), aunque el notario cobra.
- Si te llega un impreso de fe de vida de otro país (por ejemplo, de una pensión extranjera), en el Registro Civil de Pontevedra solo rellenan los que traen traducción al español; si no, te dan una fe de vida plurilingüe en el modelo oficial. Pregunta en tu registro qué hacen.
- En 2026 los pensionistas de la Seguridad Social que viven en el extranjero tienen que acreditar la vivencia dos veces: de enero a marzo y en septiembre (del 1 al 30).
- Desde 2027, si cobras una pensión de la Seguridad Social y vives en el extranjero, tendrás que acreditar la vivencia tres veces al año: en enero, en mayo y en septiembre. Lo más cómodo es la app VIVESS.
Preguntas frecuentes
Cobro una pensión española y vivo fuera de España: ¿qué tengo que hacer?
Si es una pensión de la Seguridad Social (INSS o Instituto Social de la Marina), tienes que acreditar periódicamente que sigues vivo. Puedes elegir: la app VIVESS desde el móvil (te da el justificante al momento), un certificado de vida del Registro Civil del consulado, una comparecencia en persona o por videoconferencia ante la Consejería o Sección de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, o un certificado de la autoridad de tu país de residencia.
¿Y si mi pensión es de Clases Pasivas (funcionarios)?
Si vives en el extranjero, acreditas la vivencia con el certificado del encargado del Registro Civil consular y envías el original en el primer trimestre del año. Si no llega a tiempo, la pensión se da de baja con efectos del 31 de marzo.
Vivo en España y cobro una pensión española: ¿tengo que presentar fe de vida?
No. Según la Seguridad Social, el trámite es solo para quienes cobran una pensión del INSS o del ISM y viven fuera de España.
¿Dónde se pide en el extranjero?
En el Registro Civil del consulado de España de tu demarcación, yendo en persona con tu DNI o pasaporte. Cada consulado tiene sus reglas: unos atienden sin cita y otros piden cita o estar inscrito como residente. Mira la web de tu consulado.
¿Puede pedirla otra persona por mí?
Solo si no puedes desplazarte por enfermedad o por movilidad: entonces va otra persona con los dos documentos de identidad y un certificado médico reciente que diga que no puedes ir.
Me piden la fe de vida y estado para casarme o para registrar una pareja de hecho: ¿hace falta?
Ante la Administración basta una declaración tuya sobre tu estado civil. En el País Vasco, el Gobierno Vasco lo dice expresamente para matrimonios religiosos y uniones de hecho.
Fuentes oficiales
Comprobado el 6 de noviembre de 2026
Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.
- Circular de 24 de junio de 2022 de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública sobre el certificado de fe de vida (PDF, publicada por Xustiza de Galicia) xustiza.gal
- Reglamento del Registro Civil, artículos 363 y 364 (BOE) boe.es
- Certificado de fe de vida y estado (Sede judicial electrónica de Euskadi) egoitza.justizia.eus
- Fe de vida (Registro Civil, Generalitat Valenciana) registrocivil.gva.es
- Pensionistas en el extranjero: acreditación de la vivencia dos veces en 2026 (Revista de la Seguridad Social) revista.seg-social.es
- Resolución de 16 de marzo de 2023 sobre los medios de acreditación de la vivencia de los pensionistas en el extranjero (BOE) boe.es
- Clases Pasivas: pensionistas residentes en el extranjero (Seguridad Social) seg-social.es
- Certificados del Registro Civil: fe de vida y estado (Seu judicial electrònica de Catalunya) seujudicial.gencat.cat
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