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Empadronarse (alta en el padrón o cambio de domicilio) en Terrassa

Barcelona · Cataluña

Adónde ir

Ajuntament de Terrassa (Servei de Població y Oficinas de Atención Ciudadana)

Ahora mismo solo en persona, en cualquier Oficina de Atención Ciudadana (OAC), con cita previa: el ayuntamiento ha desactivado temporalmente el alta por la sede electrónica (que pedía certificado digital o idCAT Mòbil). Es gratuito. Hay que llevar la hoja padronal firmada (impreso municipal) y la documentación.

Con cita previa. Teléfono: 010 (937 397 031 desde fuera de Terrassa). Hay OAC en Plaça Didó y en los distritos 2 a 7; la lista completa está en la página de oficinas municipales.

Pedir cita en la web oficial

Oficinas

Documentos propios: escritura o contrato de compraventa a tu nombre, o contrato de alquiler vigente (si está prorrogado, también el último recibo pagado). Si no hay nadie empadronado, autorización firmada del propietario o del titular del alquiler con copia de su documento de identidad; si ya hay personas empadronadas, autorización de una de ellas que tenga título sobre la vivienda (si ninguna lo tiene, dos autorizaciones). Sin escritura, contrato ni autorización, se presenta una instancia explicándolo y el Servei de Població inspecciona el domicilio. Se acepta el documento de identidad caducado hasta 3 meses. Si te empadrona un representante, el ayuntamiento puede inspeccionar el domicilio antes del alta. No se puede empadronar en coches ni autocaravanas; las personas sin hogar, a través de Serveis Socials.

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende del ayuntamiento. De los siete consultados, Madrid, Barcelona, Sevilla, Palma y Pamplona lo permiten por su sede electrónica; Bilbao e Inca, solo en persona.

Necesitas: Identificación electrónica (certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve, según el ayuntamiento) y los documentos escaneados o firmados electrónicamente.

Qué llevar

Cuánto cuesta
Gratuito en los siete ayuntamientos consultados (lo dicen expresamente Barcelona, Sevilla y Pamplona).
Cuánto tarda
Plazo máximo de resolución: tres meses desde la solicitud (art. 21.3 de la Ley 39/2015, citado por Madrid y Bilbao). En persona y con los documentos completos, varios ayuntamientos lo resuelven en el acto; por internet Barcelona indica unos 7 días naturales.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Puedo empadronarme sin contrato a mi nombre?

Sí, con la autorización del propietario o del titular del alquiler y la copia de su documento de identidad. Si no tiene ningún documento, el ayuntamiento puede comprobar que vive allí por otros medios (por ejemplo, un informe de la Policía Local o de los servicios sociales).

¿Y si no tengo domicilio fijo?

Debe empadronarse igualmente. Los ayuntamientos usan la dirección de un centro de servicios sociales u otra que permita hacerle llegar una notificación, normalmente tras un informe de los servicios sociales.

¿Empadronarme me da derechos sobre la vivienda?

No. El padrón solo deja constancia de dónde vive; no decide sobre la propiedad ni sobre el alquiler.

¿El cambio en el padrón cambia mi domicilio en Hacienda o la DGT?

No necesariamente. Palma advierte de que el cambio en el padrón no actualiza el domicilio fiscal ni los datos de otros organismos.

Fuentes oficiales

Comprobado el 3 de noviembre de 2026

Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.

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