Pedir el certificado de discapacidad en Burgos
Burgos · Castilla y León

Adónde ir
Gerencias Territoriales de Servicios Sociales (Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León)
Pide el reconocimiento en la sede electrónica de la Junta o preséntalo en la Gerencia Territorial de Servicios Sociales de tu provincia o en una oficina de registro. Junto a la solicitud va el informe de salud en modelo normalizado. La Gerencia Territorial valora y resuelve.
Cita previa recomendable. Teléfono: 900 841 234.
Ficha y formularios (solicitud, informe de salud del SACyL, de otros profesionales y de salud mental): https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100Detalle/1251181050732/Tramite/1211891517654/Tramite. Plazo de resolución: 6 meses; si no hay respuesta, se entiende denegada. Asistente virtual 900 841 234 (24 horas) y 012 (983 327 850). Tarjeta acreditativa: si te reconocen el grado (33 % o más), la Gerencia Territorial la tramita de oficio y no tienes que pedirla; si no la tienes, se pide aparte (plazo de resolución 2 meses): https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100Detalle/1251181050732/Tramite/1276515314553/Tramite.
¿Se puede hacer por internet?
Sí, por internet
Casi todas las comunidades permiten pedirlo por su sede electrónica. En Gipuzkoa se pide en los servicios sociales del ayuntamiento, y en todas partes la valoración suele ser presencial: el equipo te cita para examinarte.
Necesitas: Según la comunidad: certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve (en Cataluña, también idCAT Mòbil; en Galicia, Chave365).
Ir a la sede oficialQué llevar
- Solicitud en el modelo oficial de tu comunidad (en Ceuta y Melilla, el del Imserso).
- Documento de identidad (DNI, NIE o TIE) de la persona interesada y, si la representa otra persona, el de esta y el documento que acredite la representación.
- Informes médicos, psicológicos o sociales recientes que acrediten la discapacidad (en varias comunidades, de menos de seis meses).
- Certificado o volante de empadronamiento, si no autorizas que lo consulten.
- Para una revisión: los informes que acrediten el cambio (empeoramiento o mejoría) o el error.
- Cuánto cuesta
- Gratuito: las fichas oficiales consultadas (Cantabria, Cataluña, Comunidad de Madrid, La Rioja y Álava, entre otras) no cobran tasa por el reconocimiento ni por la tarjeta. En la Región de Murcia, consulta la ficha del IMAS.
- Cuánto tarda
- Hasta 6 meses desde la solicitud (RD 888/2022, art. 9), aunque algunas administraciones dan menos (Comunitat Valenciana, Ceuta y Melilla, 3 meses). Si no contestan en plazo, la solicitud se entiende desestimada en casi todas las comunidades. El grado cuenta desde la fecha de la solicitud.
Conviene saber
- Lleva a la valoración todos los informes recientes que tengas: el equipo valora tus deficiencias, las limitaciones en tus actividades, tu participación y las barreras de tu entorno (RD 888/2022, arts. 2 y 4).
- Si tu grado se reconoció antes del 20 de abril de 2023 con el baremo anterior y es del 33 % o más, no tienes que pedirlo de nuevo: se aplicará el baremo nuevo cuando se revise (RD 888/2022, disposición transitoria primera).
- Puedes pedir la revisión a los dos años de la resolución, o antes si acreditas un cambio importante o un error. Si la Administración no revisa en la fecha prevista por causas ajenas a ti, mantienes tu grado hasta la nueva resolución (RD 888/2022, art. 12).
- Si necesitas acreditar el tipo de discapacidad (física, intelectual, sensorial…), puedes pedir un certificado del tipo de deficiencia: la Administración tiene 15 días naturales para darlo (RD 888/2022, disposición adicional primera).
- Si te mudas a otra comunidad, el grado sigue valiendo en toda España; en algunas comunidades (Murcia, La Rioja) hay que pedir el traslado del expediente antes de cualquier trámite nuevo.
- La resolución también puede recoger si necesitas la ayuda de otra persona y si tienes dificultades de movilidad para usar el transporte colectivo, que dan acceso a otras ayudas (RD 888/2022, arts. 4 y 9).
Preguntas frecuentes
¿Desde qué porcentaje tengo una discapacidad reconocida?
Desde el 33 %. Con ese grado o más tienes la consideración de persona con discapacidad a efectos de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad (RDL 1/2013, art. 4.2) y del IRPF (Ley 35/2006, art. 60.3). Algunos beneficios piden el 65 % o más.
Tengo una incapacidad permanente total o absoluta, ¿ya tengo el 33 %?
Para algunas cosas, sí. Si cobras una pensión de incapacidad permanente total, absoluta o de gran invalidez, se te considera con un 33 % o más en el empleo, la accesibilidad, la participación y la igualdad de oportunidades (RDL 1/2013, arts. 4.2 y 35) y en el IRPF estatal (Ley 35/2006, art. 60.3). No es un reconocimiento a todos los efectos: puedes pedir la valoración de tu discapacidad real, y te la pedirán para beneficios que exigen el certificado.
Tengo reconocida la dependencia, ¿cuenta como discapacidad?
Desde el 23 de octubre de 2026, el grado I de dependencia equivale a un 33 % de discapacidad y los grados II y III a un 65 %, solo en los ámbitos que lo prevea una ley u otra norma y nunca en los impuestos (RDL 1/2013, art. 4.2, reformado por la Ley 4/2026). Si quieres el porcentaje real, pide la valoración.
¿Para qué sirve el certificado?
Entre otras cosas: medidas de empleo y adaptación del puesto, cupo y adaptación de pruebas en el empleo público, beneficios fiscales (IRPF, IVA, matriculación, impuesto de circulación), pensión no contributiva, prestaciones familiares, vivienda protegida, tarjeta de estacionamiento, descuentos en transporte y ayudas de servicios sociales. En el IRPF estatal, el mínimo por discapacidad es de 3.000 € al año, o de 9.000 € con un 65 % o más (Ley 35/2006, art. 60).
¿Qué es la tarjeta acreditativa de discapacidad?
Un documento con tus datos, tu grado, su vigencia y, si procede, la movilidad reducida o la necesidad de otra persona. Vale en toda España (RD 888/2022, art. 11). En muchas comunidades llega sola con la resolución si tienes un 33 % o más; en otras se pide aparte. Varias la tienen en el móvil (Comunidad de Madrid, Aragón).
¿Qué hago si no estoy de acuerdo con el grado?
Puedes presentar una reclamación previa a la vía judicial social ante el mismo órgano que lo resolvió, normalmente en 30 días desde la notificación (RD 888/2022, art. 13). Después, si sigue sin convencerte, puedes ir al juzgado de lo social.
¿Y si soy menor o tengo medidas de apoyo?
Puede pedirlo tu padre, tu madre, tu tutor o tutora o la persona que te preste apoyo. Los menores y las personas con medidas de apoyo tienen derecho a ser informados y escuchados durante la valoración (RD 888/2022, art. 8.5).
Fuentes oficiales
Comprobado el 6 de noviembre de 2026
Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.
- Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad (texto consolidado, BOE) boe.es
- Real Decreto Legislativo 1/2013, Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (texto consolidado, BOE) boe.es
- Ley 4/2026, de 1 de octubre, que modifica la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y la Ley 39/2006 (BOE) boe.es
- Imserso: grado de discapacidad imserso.es
- Ley 35/2006 del IRPF, art. 60, mínimo por discapacidad (texto consolidado, BOE) boe.es
- www.tramitacastillayleon.jcyl.es tramitacastillayleon.jcyl.es
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