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Pagar la plusvalía municipal (IIVTNU) en Hospitalet de Llobregat, L' (l'Hospitalet de Llobregat)

Barcelona · Cataluña

Adónde ir

Organisme de Gestió Tributària (ORGT) de la Diputació de Barcelona, por delegación del Ajuntament de L'Hospitalet

Autoliquidación por internet en la sede del ORGT, que da el documento de pago y permite calcular el importe; si no hay incremento de valor, se presenta la declaración. La sede municipal remite el trámite al ORGT. La bonificación en herencias se pide en el ayuntamiento (Oficina d'Atenció Tributària).

Cita previa recomendable. Teléfono: 93 202 98 02 (ORGT, consultas de tributos). La Oficina d'Atenció Tributària prefiere cita previa, pero también atiende sin ella.

Pedir cita en la web oficial

Oficinas

Tipo: 30 % (ordenanza fiscal 1.03 de L'Hospitalet, en vigor en 2026). Plazos: 30 días hábiles en compraventas y donaciones; 6 meses en herencias, prorrogables hasta un año si lo pides dentro de los 6 primeros meses (se entiende concedida si en un mes no hay respuesta). Herencias de la vivienda habitual a favor del cónyuge, descendientes o adoptados de primer grado: bonificación del 95 %, 85 % o 75 % según el valor catastral del suelo (hasta 30.000 €, hasta 50.000 € o más), si causante y heredero estuvieron empadronados allí al menos un año antes de la muerte, se pide en el plazo de un año y la vivienda no se vende en 4 años. Hay que hacer una autoliquidación por cada finca.

Parte de esta respuesta está pendiente de confirmar con la fuente oficial. Compruébala antes de ir.

¿Se puede hacer por internet?

En parte, por internet

Depende del ayuntamiento. Madrid, Barcelona, Sevilla, Palma, Bilbao y Pamplona permiten presentarla por internet; en Inca no se ha confirmado.

Necesitas: Identificación y firma electrónica (certificado digital, DNI electrónico, Cl@ve o BakQ, según el ayuntamiento).

Qué llevar

Cuánto cuesta
Lo que resulte del impuesto: base imponible (valor catastral del suelo × coeficiente por años de tenencia, o la ganancia real si es menor) por el tipo del ayuntamiento, con un máximo del 30 % (25 % en Navarra). Si no hay ganancia, no se paga, pero hay que declararlo.
Cuánto tarda
Fuera de Navarra y del País Vasco: 30 días hábiles desde la escritura en ventas y donaciones; 6 meses desde el fallecimiento en herencias, prorrogables hasta un año si se pide dentro de esos 6 meses. En Navarra, 2 meses en actos entre vivos. En Bizkaia, un año en herencias.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Quién paga la plusvalía en una venta?

El vendedor. Si el vendedor es una persona física no residente en España, paga el comprador como sustituto.

¿Y en una herencia o donación?

Quien recibe el inmueble (heredero, legatario o donatario).

¿Autoliquidación o declaración?

Depende del ayuntamiento. En Madrid, Barcelona, Sevilla y Palma el contribuyente calcula y paga (autoliquidación). En Bilbao y Pamplona se presenta una declaración y el ayuntamiento envía la liquidación para pagar.

¿Qué coeficientes se aplican?

Los que fija cada ayuntamiento sin pasar de los máximos legales, que se actualizan cada año por norma con rango de ley. El Real Decreto-ley 29/2026 fija nuevos máximos con efectos desde el 1 de diciembre de 2026.

Fuentes oficiales

Comprobado el 3 de noviembre de 2026

Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.

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