Empadronarse (alta en el padrón o cambio de domicilio) en Valladolid
Valladolid · Castilla y León

Adónde ir
Ayuntamiento de Valladolid (Servicio de Padrón de Habitantes)
Por internet en la sede electrónica (trámite «Alta en el Padrón Municipal de Habitantes»), con certificado digital o usuario y clave de la sede. En persona, en la Oficina de Atención Ciudadana de la Casa Consistorial (Plaza de la Rinconada), sin cita previa. El cambio de domicilio dentro de Valladolid es otro trámite de la sede («Declaración de traslado de domicilio»). Es gratis.
Cita previa recomendable. Teléfono: 010 (983 100 105). La cita previa para la atención presencial en las oficinas municipales está suprimida desde el 16 de mayo de 2023: se atiende por orden de llegada.
Oficinas
- Oficina de Atención Ciudadana de la Casa Consistorial Plaza de la Rinconada, s/n (Plaza Mayor, 1, entrada por Plaza de la Rinconada), 47001 Valladolid Horario: Lunes a viernes, 8.30 a 14.30 h; jueves, también de 17 a 19 h del 1 de octubre al 31 de mayo Teléfono: 010 (983 100 105) Ficha oficial
Lleva la hoja de solicitud de inscripción padronal firmada por todos los mayores de edad, el original del documento de identidad de cada persona (DNI para mayores de 14 años; libro de familia para los menores de 14; extranjeros comunitarios, el certificado del Registro Central de Extranjeros y su pasaporte o documento de identidad; no comunitarios, tarjeta de residencia o pasaporte en vigor) y el original del documento que acredite que ocupas la vivienda: escritura, contrato de alquiler o contrato o recibo actual de teléfono fijo, ADSL, agua o luz (si el contrato no es reciente, también una factura reciente). Si presentas un contrato o recibo de suministro y no eres el propietario, hace falta la autorización del propietario o del titular del alquiler, con su documento de identidad y el contrato. Los menores se empadronan con sus padres o con un adulto autorizado por ellos, con la firma de ambos si la custodia es compartida; para un menor con un solo progenitor hay modelos de declaración en la sede. Los volantes y certificados se pueden sacar al momento por internet con certificado, o pedirlos en el 010 y llegan por correo en unos 15 días.
¿Se puede hacer por internet?
En parte, por internet
Depende del ayuntamiento. De los siete consultados, Madrid, Barcelona, Sevilla, Palma y Pamplona lo permiten por su sede electrónica; Bilbao e Inca, solo en persona.
Necesitas: Identificación electrónica (certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve, según el ayuntamiento) y los documentos escaneados o firmados electrónicamente.
Qué llevar
- Hoja padronal (solicitud de inscripción) firmada por todas las personas mayores de edad que se empadronan.
- Documento de identidad en vigor de cada persona: DNI, NIE o tarjeta de residencia, pasaporte o documento de identidad de un país de la UE. Los menores de 14 años sin DNI, libro de familia o certificado de nacimiento.
- Documento que acredite que vive en la vivienda: escritura o nota del Registro si es propietario; contrato de alquiler en vigor con el último recibo si es inquilino. Cada ayuntamiento admite además otros (facturas de suministros, recibo del IBI…).
- Si la vivienda no es suya: autorización firmada del propietario o del titular del alquiler, con copia de su documento de identidad.
- Menores que se empadronan con un solo progenitor: autorización del otro o, si no la hay, la declaración responsable o la resolución judicial que corresponda.
- Cuánto cuesta
- Gratuito en los siete ayuntamientos consultados (lo dicen expresamente Barcelona, Sevilla y Pamplona).
- Cuánto tarda
- Plazo máximo de resolución: tres meses desde la solicitud (art. 21.3 de la Ley 39/2015, citado por Madrid y Bilbao). En persona y con los documentos completos, varios ayuntamientos lo resuelven en el acto; por internet Barcelona indica unos 7 días naturales.
Conviene saber
- No hace falta darse de baja en el municipio anterior: el nuevo ayuntamiento comunica el alta al INE, que avisa al de procedencia para que le dé de baja.
- Al empadronarse en una vivienda donde figuran personas que ya no viven allí, el ayuntamiento puede abrirles un expediente de baja por inscripción indebida (Madrid).
- Las personas extranjeras de fuera de la UE sin residencia permanente deben renovar la inscripción cada dos años; si no, se les da de baja.
- Se puede empadronar a toda la familia que se muda al mismo domicilio con una sola solicitud.
- Elecciones generales del 29 de noviembre de 2026: el censo recoge los movimientos padronales hasta el 30 de julio; quien se empadrone después vota en el municipio (o en el colegio) que le correspondía antes.
Preguntas frecuentes
¿Puedo empadronarme sin contrato a mi nombre?
Sí, con la autorización del propietario o del titular del alquiler y la copia de su documento de identidad. Si no tiene ningún documento, el ayuntamiento puede comprobar que vive allí por otros medios (por ejemplo, un informe de la Policía Local o de los servicios sociales).
¿Y si no tengo domicilio fijo?
Debe empadronarse igualmente. Los ayuntamientos usan la dirección de un centro de servicios sociales u otra que permita hacerle llegar una notificación, normalmente tras un informe de los servicios sociales.
¿Empadronarme me da derechos sobre la vivienda?
No. El padrón solo deja constancia de dónde vive; no decide sobre la propiedad ni sobre el alquiler.
¿El cambio en el padrón cambia mi domicilio en Hacienda o la DGT?
No necesariamente. Palma advierte de que el cambio en el padrón no actualiza el domicilio fiscal ni los datos de otros organismos.
Fuentes oficiales
Comprobado el 3 de noviembre de 2026
Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.
- Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local (arts. 15 a 17), texto consolidado boe.es
- Resolución de 17 de febrero de 2020 sobre instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre la gestión del padrón (BOE-A-2020-4784), texto consolidado boe.es
- www.valladolid.es valladolid.es








