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Pedir el certificado de últimas voluntades (y el de seguros de vida) en la provincia de Illes Balears

Adónde ir

Ministerio de Justicia – Gerencia Territorial de Justicia de Illes Balears

En persona, pide cita en la Gerencia Territorial de Justicia de Illes Balears y lleva el modelo 790 pagado y, si hace falta, el certificado literal de defunción. Por internet o por correo, igual que en toda España.

Con cita previa. Teléfono: 971 720 322. Solo se atiende con cita previa. Elige la Gerencia y el trámite en la página de cita del Ministerio.

Pedir cita en la web oficial

Oficinas

Dirección para el correo postal: Registro General de Actos de Última Voluntad, Ministerio de Justicia, Plaza Jacinto Benavente, 3, 28012 Madrid. Direcciones de las Gerencias: https://www.mjusticia.gob.es/es/direcciones-telefonos/gerencias-territoriales.

¿En qué municipio vives?

La oficina más cercana y, en los trámites del ayuntamiento, la sede y la cita dependen del municipio.

¿Se puede hacer por internet?

Sí, por internet

En la sede electrónica del Ministerio de Justicia rellenas el formulario, pagas la tasa con tarjeta o cargo en cuenta y guardas el justificante con el número de solicitud. Con ese número descargas el certificado cuando esté listo. Solo vale si la persona murió después del 2 de abril de 2009 y la defunción no está inscrita en un juzgado de paz; si no, hay que pedirlo en persona o por correo con el certificado literal de defunción. El de seguros se pide en otra página de la misma sede.

Necesitas: Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico, distinto del de la persona fallecida. El pago se hace por la pasarela de la Agencia Tributaria.

Ir a la sede oficial

Qué llevar

Cuánto cuesta
3,86 € cada certificado (tasa 006, modelo 790; importe que publica el Ministerio de Justicia). El de últimas voluntades y el de seguros se pagan por separado.
Cuánto tarda
En persona, normalmente en el momento (si no, en general no más de 3 días hábiles). Por correo, unos 10 días hábiles el de últimas voluntades y 7 el de seguros desde que llega la solicitud. Por internet, el de seguros suele estar en 24 horas (en general no más de 3 días hábiles; el plazo legal es de 7). Cuando esté listo, tienes 90 días naturales para descargarlo.

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Cuándo puedo pedirlo?

Pasados 15 días hábiles desde el fallecimiento, contados desde el día siguiente. Por internet, además, la defunción tiene que estar inscrita y disponible en el Registro Civil informatizado.

¿Quién puede pedirlo?

Cualquier persona interesada que tenga la documentación y pague la tasa. No hace falta ser familiar.

¿Qué dice el certificado de últimas voluntades?

Si la persona fallecida hizo testamento, ante qué notario y en qué fecha. No dice qué pone el testamento: eso se sabe con la copia que da el notario.

¿Y el de seguros de vida?

Dice los contratos vigentes en los que la persona fallecida figuraba como asegurada (seguros de vida con cobertura de fallecimiento y de accidentes que cubren la muerte, individuales o colectivos) y con qué compañía. Si no tenía ninguno, el certificado lo dice. No incluye los seguros de compromisos por pensiones de las empresas, los seguros en los que coinciden tomador y beneficiario ni los de ciertas mutualidades.

¿Hasta cuándo se puede pedir el de seguros?

Los datos están en el Registro de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento durante 5 años desde la fecha de la muerte.

¿Puedo saber si yo mismo tengo bien registrado mi testamento?

Sí. En la sede del Ministerio está el «certificado de actos de última voluntad en vida»: lo pides con tu propio certificado digital o DNI electrónico, pagas la tasa 006 y ves qué testamentos tuyos constan, ante qué notario y en qué fecha. Mientras vivas, nadie más puede saber si has hecho testamento: los notarios guardan el secreto de protocolo.

No me deja pedirlo por internet: ¿qué hago?

Si la muerte es anterior al 2 de abril de 2009, la defunción está inscrita en un juzgado de paz o el sistema no encuentra la inscripción, pídelo en persona o por correo con el certificado literal de defunción.

Lo pido desde el extranjero: ¿cómo pago?

Con el modelo 790 en una sucursal en tu país de un banco español colaborador de la Agencia Tributaria, o por transferencia desde una cuenta de un banco de fuera de España a la cuenta del Ministerio que indica la ficha del trámite. Envía el justificante con el «Ejemplar para la Administración» del 790.

Fuentes oficiales

Comprobado el 6 de noviembre de 2026

Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.

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