Pedir la ayuda al alquiler (y el Bono Alquiler Joven) en la provincia de Cantabria

Adónde ir
Gobierno de Cantabria (Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, Dirección General de Vivienda y Arquitectura)
La ayuda al alquiler del Decreto 1/2025 es de convocatoria abierta: primero pides la «calificación» en el Registro Electrónico de la sede (o en persona) y, una vez calificada, pides el pago cada mes, del día 1 al 10, con el justificante bancario del alquiler. El Bono Alquiler Joven no tiene convocatoria de 2026: la última se pidió del 26 de mayo al 29 de julio de 2025.
Cita previa recomendable.
Ayuda general: hasta el 50 % del alquiler, con alquiler de hasta 700 €/mes. Personas jóvenes (hasta 35 años): hasta el 60 %. Pago mensual: https://sede.cantabria.es/sede/catalogo-de-tramites/tramite/ayudas-al-pago-del-alquiler-de-vivienda/1104 . Jóvenes: https://sede.cantabria.es/sede/catalogo-de-tramites/convocatoria/decreto-1-2025-programa-ayuda-de-alquiler-de-vivienda-a-las-personas-jovenes-y-para-contribuir-al-reto-demografico/2246
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¿En qué municipio vives?
La oficina más cercana y, en los trámites del ayuntamiento, la sede y la cita dependen del municipio.
¿Se puede hacer por internet?
Sí, por internet
Casi todas las comunidades las tramitan por su sede electrónica, y algunas solo por internet (Andalucía, Murcia, el Bono de Melilla). Antes, comprueba en tu comunidad si hay una convocatoria abierta (ver tu territorio).
Necesitas: Según la comunidad: certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve (en Galicia, también Chave365; en el País Vasco, B@kQ). En muchas se puede presentar también en papel en un registro.
Ir a la sede oficialQué llevar
- La solicitud en el modelo oficial de la convocatoria de tu comunidad.
- Documento de identidad de quien la pide y, según la convocatoria, de las personas que viven en la vivienda.
- El contrato de alquiler o de cesión de la vivienda o habitación. Si aún no lo tienes, el Plan Estatal da 2 meses desde la concesión para firmarlo.
- Certificado o volante de empadronamiento con las personas que viven en la vivienda (si aún no vives en ella, en los 2 meses siguientes a la concesión).
- La documentación de ingresos que pida la convocatoria (normalmente se autoriza a consultarla a Hacienda).
- Los justificantes del pago del alquiler (en varias comunidades, por banco y cada mes o cada cierto tiempo).
- Según el caso: título de familia numerosa, certificado de discapacidad u otra documentación de las situaciones que dan más ayuda.
- Cuánto cuesta
- Gratuito: pedir la ayuda no tiene tasa.
- Cuánto tarda
- Solo se puede pedir en el plazo de la convocatoria de tu comunidad; algunas son abiertas y cierran al agotarse el dinero. Con el Plan Estatal 2026-2030, la ayuda se concede por 2 años y se puede prorrogar otros 2.
Conviene saber
- Las convocatorias abiertas cierran cuando se acaba el dinero: en 2026, Andalucía cerró el Bono Alquiler Joven al llegar a 15.000 solicitudes y Extremadura, al mes y medio. Pídela en cuanto abra.
- Paga el alquiler por transferencia o recibo bancario: varias comunidades piden los justificantes bancarios de cada pago.
- No vale alquilar a un familiar de primer o segundo grado ni a una sociedad de la que seas socio, ni tener otra vivienda en propiedad en España (salvo excepciones, como separación o divorcio).
- Si te mudas dentro de la misma comunidad, avisa en 30 días desde que firmas el nuevo contrato: puedes conservar la ayuda si el nuevo alquiler cumple los requisitos.
- El Plan Estatal 2026-2030 permite que las ayudas al alquiler se concedan con efectos desde el 1 de enero de 2026, aunque la convocatoria salga más tarde.
Preguntas frecuentes
¿Hay una ayuda al alquiler que se pida al Ministerio?
No. El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana regula y financia las ayudas, pero las convoca, resuelve y paga cada comunidad autónoma (y Ceuta y Melilla). Hay que pedirlas en la convocatoria de tu comunidad.
¿Quién puede pedir la ayuda general del Plan Estatal 2026-2030?
Quien tenga o vaya a firmar un contrato de alquiler o de cesión de su vivienda o habitación habitual, con ingresos de todas las personas de la vivienda de hasta 5 veces el IPREM (5,5 o 6 en familias numerosas, monoparentales o con discapacidad) y un alquiler de hasta 1.000 €/mes (habitación, 600 €). Cada comunidad puede ajustar estos límites.
¿Cuánto da?
La ayuda general, hasta 250 €/mes (150 € por una habitación), que puede llegar al 40 % del alquiler según las personas a tu cargo o la discapacidad. La de jóvenes, hasta 300 €/mes (200 € por una habitación), con el límite del 60 % del alquiler. Cada convocatoria fija la cuantía final.
¿Y la ayuda para jóvenes?
El Plan 2026-2030 tiene una ayuda para menores de 36 años (35 incluidos) con ingresos propios de hasta 5 veces el IPREM y alquiler de hasta 1.000 €/mes (600 € por habitación; 500 y 250 € en municipios de 10.000 habitantes o menos). Además, varias comunidades siguen convocando el Bono Alquiler Joven.
¿Sigue existiendo el Bono Alquiler Joven?
Sí: el Real Decreto 42/2022 sigue vigente y en 2026 lo han convocado, entre otras, Asturias, Illes Balears, Canarias, Cataluña, la Comunitat Valenciana, Extremadura, La Rioja y Ceuta. Son 250 €/mes durante 2 años para personas de hasta 35 años con ingresos de hasta 3 veces el IPREM. No se aplica en el País Vasco ni en Navarra.
¿Cuánto es el IPREM?
En 2026, 600 €/mes (7.200 € al año en 12 pagas y 8.400 € en 14 pagas). Cada convocatoria dice cuál usa: muchas lo calculan en 14 pagas (por ejemplo, 3 veces el IPREM son 25.200 € en el Bono de Galicia e Illes Balears).
¿Puedo cobrar dos ayudas al alquiler a la vez?
En general, no: la ayuda del Plan Estatal no se puede sumar a otras ayudas públicas para pagar el alquiler. Hay excepciones para víctimas de violencia de género, familias monoparentales, personas desahuciadas o sin hogar y otras personas especialmente vulnerables.
Vivo en el País Vasco o en Navarra: ¿qué pido?
Allí no se aplican el Plan Estatal ni el Bono Alquiler Joven. En el País Vasco están Gaztelagun (jóvenes) y la Prestación Económica de Vivienda; en Navarra, las Ayudas David y Emanzipa (jóvenes). Mira la ficha de tu comunidad.
Fuentes oficiales
Comprobado el 6 de noviembre de 2026
Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.
- Real Decreto 326/2026, de 22 de abril, Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 (texto consolidado, BOE) boe.es
- Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, Bono Alquiler Joven y Plan Estatal 2022-2025 (texto consolidado, BOE) boe.es
- Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana: ayudas del Plan Estatal de Vivienda 2026-2030 mivau.gob.es
- Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana: enlaces a las comunidades autónomas, Ceuta y Melilla mivau.gob.es
- Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana: Bono Alquiler Joven mivau.gob.es
- SEPE: cuantías anuales (IPREM de 2026) sepe.es
- sede.cantabria.es sede.cantabria.es
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