Pagar una multa de tráfico en la provincia de Sevilla
Andalucía

Adónde ir
Dirección General de Tráfico (DGT)
Si la multa es de la DGT: págala por internet en su sede (sin certificado o con Cl@ve), en la app miDGT, por teléfono en el 060 con tarjeta (servicio automático 24 horas), en cajeros y oficinas de CaixaBank (tarjeta o efectivo) o en Correos (efectivo). Si la multa es de la policía local (en calles del casco urbano), no se paga aquí: se paga al ayuntamiento que la puso, con los datos de su notificación.
Dudas sobre multas de la DGT: 060 o, desde el extranjero, +34 902 887 060. Las alegaciones y recursos también se presentan en la sede de la DGT.
¿En qué municipio vives?
La oficina más cercana y, en los trámites del ayuntamiento, la sede y la cita dependen del municipio.
¿Se puede hacer por internet?
Sí, por internet
Las multas de la DGT se pagan en su sede electrónica, sin certificado (con el número de expediente y la fecha de la notificación) o con Cl@ve, que además te enseña las que tienes pendientes. También en la app miDGT. Las de otros organismos, en la web de cada uno (ver tu comunidad o municipio).
Necesitas: Número de expediente y fecha de la notificación, y tarjeta o Bizum. Con Cl@ve o certificado puedes ver todas tus multas de la DGT.
Ir a la sede oficialQué llevar
- La notificación de la multa (o el boletín que te dio el agente): número de expediente, fecha de notificación e importe.
- Tarjeta de crédito o débito, o Bizum. En efectivo, solo en sucursales y cajeros de CaixaBank o en Correos (multas de la DGT).
- Cuánto cuesta
- Pagar no cuesta nada aparte de la multa (en Correos, la oficina cobra su propia tasa). Con pago en los 20 días naturales siguientes a la notificación, la multa baja un 50 % en la mayoría de infracciones (art. 94 de la Ley de Tráfico).
- Cuánto tarda
- 20 días naturales desde el día siguiente a la notificación para pagar con el 50 % de descuento. Después se paga entera; si la sanción es firme y no la pagas, pasa a cobro en vía ejecutiva con recargo (en la DGT, la Agencia Tributaria la cobra con un 20 % más).
Conviene saber
- Mira primero quién te ha multado: el organismo figura en la notificación. Pagar, alegar o recurrir se hace siempre ante ese organismo.
- Si pagas con descuento, renuncias a alegar. Si alegas, pierdes el descuento y, si no te dan la razón, pagarás el 100 %.
- Las multas de la DGT no se pueden aplazar ni fraccionar.
- Lee el código QR de la notificación para pagar más rápido.
- Si te para la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, puedes pagar en el momento con tarjeta y con el descuento.
Preguntas frecuentes
¿Cómo sé quién me ha puesto la multa?
Lo dice la notificación. En carreteras y travesías sin policía local multa la DGT (Guardia Civil), salvo en Cataluña (Mossos d'Esquadra, Servei Català de Trànsit), el País Vasco (Ertzaintza, Tráfico del Gobierno Vasco) y Navarra (Policía Foral, y desde el 1 de julio de 2026 la gestión es del Gobierno de Navarra). En las calles de la ciudad multa la policía local, y se paga al ayuntamiento.
¿Puede pagar otra persona la multa por mí?
Sí. Cualquiera puede pagar una multa de la DGT con el número de expediente y la fecha de notificación.
He pagado dos veces o de más: ¿qué hago?
En la DGT, si te das cuenta el mismo día, anula el pago en la aplicación con Cl@ve (apartado «Consultas»). Si ya te lo han cobrado, pide la devolución del pago de la multa en la sede de la DGT.
No me ha llegado la notificación, pero sé que tengo una multa.
Las notificaciones que no se pudieron entregar se publican en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA), que se consulta en la sede de la DGT. Con Cl@ve también puedes ver tus multas pendientes de la DGT.
Vivo en el extranjero y tengo una multa de la DGT.
Puedes pagar por internet, por teléfono (+34 902 887 060) o en la app miDGT, o por el medio que indique la notificación. Para dudas sobre multas: 0034 987 010 559 (lunes a viernes de 8:00 a 22:00 y sábados de 8:00 a 15:00).
Fuentes oficiales
Comprobado el 4 de noviembre de 2026
Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.
- Pago de multas (Sede DGT) sede.dgt.gob.es
- ¿Quién puede multarte? (DGT) dgt.es
- Real Decreto Legislativo 6/2015, Ley sobre Tráfico (art. 94, pago con reducción) boe.es
- Consultar y pagar una sanción de tráfico (Generalitat de Catalunya) tramits.gencat.cat
- Multas y/o sanciones de tráfico (Gobierno Vasco) euskadi.eus
- Pago y gestión de multas de tráfico (Gobierno de Navarra) navarra.es
- Real Decreto 277/2025, ampliación del traspaso de tráfico a Navarra boe.es







