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Darse de baja como autónomo en la provincia de Granada

Andalucía

Adónde ir

Tesorería General de la Seguridad Social (baja en el RETA) y Agencia Tributaria (baja censal)

1) Pide la baja en el RETA en Import@ss («Baja en trabajo autónomo»): hasta 60 días antes de dejar la actividad o en los 6 días naturales siguientes. 2) Presenta el modelo 036 de baja en la sede de la Agencia Tributaria (o en una de sus oficinas, con cita), en el mes siguiente al cese, con la misma fecha.

Con cita previa. Teléfono: 91 333 5 333. Cita de la Agencia Tributaria: la atención en sus oficinas exige cita, salvo para presentar documentos en el registro. Las oficinas de la Tesorería atienden sin cita, de 9 a 14 h; teléfono de la TGSS: 91 541 02 91.

Pedir cita en la web oficial

Buscador de oficinas de la Seguridad Social: https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/OficinaSeguridadSocial. Si dejas solo una de tus actividades: https://portal.seg-social.gob.es/wps/portal/importass/importass/Categorias/altas%2C+bajas+y+modificaciones/bajas+y+modificaciones/comunicar_+fin_actividades

Las fuentes oficiales no coinciden: Sobre la baja fuera de plazo, la guía de autónomos de la Seguridad Social dice que tendrá efecto el último día del mes en que terminó la actividad; el Real Decreto 84/1996 (art. 35.2) dice que la obligación de cotizar no se extingue hasta el día en que la Tesorería conozca el cese. La misma guía cita aún el modelo 037, que la Agencia Tributaria suprimió el 3 de febrero de 2025: hoy la baja se presenta con el 036. Publicamos lo que dice la ficha oficial más concreta; confírmalo antes de ir.

¿En qué municipio vives?

La oficina más cercana y, en los trámites del ayuntamiento, la sede y la cita dependen del municipio.

¿Se puede hacer por internet?

Sí, por internet

La baja en la Seguridad Social se hace en Import@ss, con el servicio «Baja en trabajo autónomo» (también como apoderado). La declaración censal de baja (modelo 036) se presenta en la sede de la Agencia Tributaria. En el País Vasco y Navarra, la parte de Hacienda va a la hacienda foral o al ayuntamiento (ver tu territorio).

Necesitas: Cl@ve, certificado electrónico o DNI electrónico (Seguridad Social y Agencia Tributaria).

Ir a la sede oficial

Qué llevar

Cuánto cuesta
Gratuito: ni la Seguridad Social ni la Agencia Tributaria cobran tasa por la baja. Lo que importa es la fecha: si la comunicas en plazo, pagas la cuota solo hasta el día de la baja (en las tres primeras bajas del año).
Cuánto tarda
Seguridad Social: puedes programar la baja hasta 60 días antes de terminar o pedirla en los 6 días naturales siguientes al cese. Agencia Tributaria: el modelo 036 de baja, en el mes siguiente al cese. En las haciendas forales los plazos cambian (ver tu territorio).

Conviene saber

Preguntas frecuentes

¿Puedo darme de baja con antelación?

Sí: en Import@ss puedes programar la baja hasta 60 días antes de la fecha en que vas a dejar la actividad.

Se me ha pasado el plazo, ¿qué hago?

Pide la baja igualmente cuanto antes. Si la pides tarde, el reglamento dice que sigues obligado a cotizar hasta el día en que la Tesorería conozca el cese, aunque puedes probar que dejaste la actividad en otra fecha; la guía de la Seguridad Social dice que la baja tendrá efecto el último día del mes en que terminaste. Mientras tanto, ese periodo no cuenta como alta para cobrar prestaciones.

¿Qué es la prestación por cese de actividad?

Es la protección de los autónomos que dejan su actividad de forma involuntaria (causas económicas, técnicas, productivas u organizativas, fuerza mayor, pérdida de la licencia, violencia de género, divorcio o separación…). Hace falta haber cotizado por cese de actividad al menos 12 meses seguidos justo antes, estar al corriente de pago y no tener la edad de jubilación. Dura de 4 a 24 meses y se pide a tu mutua. Información: https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/InformacionUtil/44539/2571

Me doy de baja y luego vuelvo, ¿pasa algo?

Puedes darte de alta y de baja las veces que quieras, pero solo tres altas y tres bajas al año tienen efecto el día exacto; las demás van por meses completos (el alta desde el día 1, la baja hasta el último día del mes).

¿Qué pasa si fallece la persona autónoma?

En Hacienda, sus herederos tienen seis meses desde el fallecimiento para presentar la declaración censal de baja.

Vivo en el País Vasco o Navarra: ¿cambia algo?

La baja en la Seguridad Social, no. La de Hacienda sí: en Álava, Bizkaia y Gipuzkoa, en la Hacienda Foral de tu territorio; en Navarra, con la baja del IAE en tu ayuntamiento.

Fuentes oficiales

Comprobado el 6 de noviembre de 2026

Cada dato de esta página sale de estas fuentes. Las normas y las oficinas cambian: antes de ir, confírmalo en la fuente oficial.

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